sábado, 20 de febrero de 2016

Implicancia sobre la Adopción Igualitaria en el Perú

R&D USMP Report N° 10
Editado por la Oficina de Innovación y Desarrollo de la
Facultad de Derecho
Universidad de San Martín de Porres


IMPLICANCIA SOBRE LA ADOPCIÓN IGUALITARIA EN EL PERÚ


Por: Karina Puppo Llatas
Alumna investigadora del 8vo ciclo de la Oficina de Innovación y Desarrollo (I+D+i)
Facultad de Derecho de la Universidad San Martín de Porres



Resumen: En el presente trabajo analizaré detalladamente el por qué mantengo una postura de estar en contra a la adopción igualitaria, al considerar que estamos llegando a un punto de tanta liberalidad que está poniendo en peligro a nuestras nuevas generaciones. Definiendo, estructurando y realizando una opinión propia de cual consideramos que es la familia correcta que merece un niño, procurando siempre velar por su interés y desarrollo integral.

Palabras Clave: Adopción –  Derechos Humanos – Familia – Homosexualidad – Niños.


Abstract: In this paper I will discuss in detail why maintain a posture of being against the egalitarian decision, considering that we are reaching a point so freely that is endangering our future generations. Defining, structuring and performing own opinion which we believe is the right family that deserves a child, always trying to ensure their interest and integral development.

Key Words: Adoption – Human Rights – Family – Homosexuality – Children.


  
CONTENIDO:
1.       Introducción
1.1.    Sumario
2.       Conceptos
2.1.    Adopción
2.2.    Derechos humanos
2.3.    Familia
2.4.    Clasificación de la orientación sexual
2.4.1. Heterosexualidad
2.4.2. Homosexualidad
2.5.    Matrimonio
2.6.    Niños
3.       Posición en contra de la adopción igualitaria desde el aspecto sociológico y psicológico
3.1.    Aspectos sociológicos
3.2.    Aspecto religioso
3.3.    Aspecto psicológico
4.       Fundamento de la adopción igualitaria en la norma constitucional e internacional
4.1.    La adopción en el perú
4.2.    Ámbito internacional
5.       Conclusiones
6.       Recomendaciones
7.       Bibliografía

 


1.                  INTRODUCCIÓN:
Desde que una persona ingresa a una sociedad y forma parte de su nueva familia se le enseña los valores que debe de tener, el papel que empezará a cumplir y el desarrollo de su sistema de vida. Enseñándoles como bien lo señala María Eugenia Agudelo Bedoya << que la institución de la familia está conformada por personas con roles tradicionales, padres con funciones económicas y autoridad, y madres con funciones protectoras y reproductivas>>.[1] Es como un pequeño chip que se nos incorpora para poder estar en un ritmo adecuado para ser parte de una sociedad, la cual traza un carácter tradicional y la que por muchos años ha venido funcionando, con sus altos y bajos, para familias de nivel mundial.
Pero esta forma de discernir a una familia tradicional, ha tenido cambios en las últimas generaciones; puesto que en la actualidad las funciones específicas de los padres, las madres y hasta de los hijos han cambiado, al invertir los roles de cada uno.
Por mucho tiempo se vino tratando con desigualdad a los dos sexos que predominan en la raza humana, logrando consigo un desbalance y discriminación, lo cual trajo muchas revoluciones, manifestaciones, debates y posiciones para que se eliminará esa descomposición que existía, por lo que ya en este presente no se logra apreciar mucho, aunque no ha sido un éxito total por lo que aún se aprecia el machismo, el abuso, maltrato, etc., pero el punto es que la igualdad de todos se está siendo presente y relativamente mejorando y seguirá así con el paso del tiempo, sin embargo este paso de traer igualdad a todos a traído consigo un manejo equivocado de ver las cosas y tal vez distorsionando un poco del punto de igualdad con el de liberalidad; el de creer que tener derecho a tener algo es conseguir todo sin tener algún límite; por lo que siempre deben ser necesarios para la coexistencia de un espacio social y democrático.
1.1               SUMARIO:
i)        Desarrollaré la evolución y el tipo de adopción que existe, analizando sus efectos, requisitos y diversas cuestiones que genera del punto de partida de nuestro tema que es la adopción igualitaria, que deja de solo ser para una familia tradicional, conformada por parejas heterosexuales.
ii)      Asimismo, haré el análisis de la adopción desde el punto de vista del ordenamiento del Perú viendo la regulación que tiene  en nuestras diferentes fuentes del derecho, citando sentencias del tema, comparando con países el cual el tema ha sido abordado y dando veredictos en favor como en contra.
iii)    También señalaré la importancia que tiene el Estado, al ser el encargado de velar por los derechos de todos siendo de mayor preferencia el bienestar y el satisfacer el desarrollo del menor, que tiene un papel muy importante en la evolución de nuestra sociedad.
iv)    Por último, concluiré con los motivos de la postura al estar en contra de la adopción igualitaria mediante el detallado análisis que he implementado en el presente trabajo.

2.                  CONCEPTOS:
Considero pertinente la explicación de las siguientes definiciones para una mayor claridad y enfoque al que quiero llegar con el presente trabajo; a continuación haré el desarrollo de las mismas:
2.1               ADOPCIÓN.-
Una primera definición a la que recurrimos es que << la adopción es una medida de protección al niño y al adolescente por la cual, bajo la vigilancia del Estado, (…) >>[2] se debe de tutelar la integridad del menor.
José Ferri define a la adopción como << una institución jurídica solemne y de orden público, por la que se crean entre dos personas que pueden ser extrañas la una de la otra, con la intervención judicial, vínculos semejantes a aquellos que existen entre el padre o madre unidos en legítimo matrimonio y sus hijos>>.[3]
Que, entendemos a la adopción como una salvación al maltrato, descuido o renuncia de los niños, asimismo es aquella manera o posibilidad de disfrutar de la experiencia de ser padre o madre adquiriendo las obligaciones y derechos que acogen nuestro Código Civil desde el artículo N° 377 hasta el artículo N° 385. Siendo que como objetivo principal es el velar el bienestar del menor conjuntamente con su desarrollo, ayudando que genere un vínculo emocional en el entorno de integración entre padre e hijo y conducir a una entidad familiar adoptiva.
2.2               DERECHOS HUMANOS.-
El conocimiento que se tiene sobre DDHH es universal y con frecuencia están contemplados y garantizados en los diferentes ordenamientos jurídicos de diferentes Estados (por no decir todos).
<< La noción de derechos humanos se corresponde con la afirmación de la dignidad de la persona frente al Estado (…). La sociedad contemporánea reconoce que todo ser humano, por el hecho de serlo, tiene derechos frente al Estado, derechos que éste, o bien tiene el deber de respetar y garantizar o bien está llamado a organizar su acción a fin de satisfacer su plena realización. >>.[4]
2.3               FAMILIA.-
La definimos como el conjunto de personas que les une algún vínculo ya sea de consanguinidad o parentesco.
Llevándola a un concepto tradicional, podemos decir que es la agrupación integrada por personas que viven en un hogar bajo la autoridad del señor de la casa (el padre); quien cuida, protege y custodia a los que están a cargo de su potestad.
Asimismo, la familia trae consigo un derecho al cual lo encontramos estipulado en nuestro Código Civil en su libro III, siendo esté una rama del Derecho Privado que regula los elementos e instituciones familiares y sus asimilados, cuyo principal objeto es el estudio de aquellas normas que regulen dichos elementos e instituciones donde se desarrollan las relaciones personales de índole familiar.
2.4              CLASIFICACIÓN DE LA ORIENTACIÓN SEXUAL.-
Después de un proceso de selección concerniente a las diferentes clasificaciones que se han venido descubriendo y estudiando en nuestra sociedad, estimo que para enfocarnos directamente a nuestro tema nos basta con definir a la Heterosexualidad y Homosexualidad; agregando que la orientación sexual se cataloga de acuerdo a la función que desea transmitir el ser humano.
2.4.1        HETEROSEXUALIDAD.-
Es la orientación sexual que hace referencia a la relación de atracción entre un hombre y una mujer. Siendo este una orientación sexual con una particularidad de deseo y seducción hacia personas de diferentes sexos.
2.4.2        HOMOSEXUALIDAD.-
Está orientación sexual se define como la interacción o atracción sexual, afectiva, emocional y sentimental hacia individuos del mismo sexo[5], que se desarrolla durante la vida de una persona y que se ha comprobado por profesionales especialistas que concuerdan al explicarnos que no es una enfermedad.
Aclarando estos dos grandes conceptos partimos en que no estamos en contra de los sentimientos, emociones, sensaciones, deseos, (…) que puede tener una persona que sea del sexo masculino, femenino o si hablamos de un homosexual, reitero que voy en busca de la integridad y el buen desarrollo del niño.
2.5               MATRIMONIO.-
Su primera definición que le damos es aquel sacramento prescrito por la Iglesia Católica a la unión de un hombre y una mujer. Y en un ámbito legal la conceptualizamos como una formalidad que une de forma voluntaria a un varón y una mujer, el cual se han comprometido a generar obligaciones y deberes recíprocos, al cual uno de sus principales objetivos es constituir una familia.
Construyendo la idea que el matrimonio es la base de una familia, aquella que es el cimiento para nuestra civilización, por ende debe de estar bien constituida para ir mejorando, seguir creciendo y evolucionando para conseguir un futuro el cual es una expectativa añorada.
2.6               NIÑOS.-
Si bien es cierto, a lo largo del trabajo hemos resaltado que la prioridad es el niño, siendo nuestra base para estar en la postura que nos encontramos, pero aparte de nosotros como un grupo investigador hay muchos otros, llámese comunidad internacional, que aún no dan con un significado concreto de que es ser un niño.
Vemos a la Convención Americana que nos habla de un concepto algo ambiguo, al no darnos una exactitud clara y concisa de que es ser un niño.
Sin embargo, por cuestiones de averiguaciones y no querer separarnos más de nuestro tema actual, lo precisamos rápidamente al concordar que un niño, es aquella persona indefensa que necesita de un adulto para poder realizar algún acto lícito o ilícito. Es el pequeño de la casa, aquel que no ejerce una autonomía propia y que no cuenta con una capacidad de ejercicio, estando en la supervisión activa para su buen cuidado.
    
3.                  POSICIÓN EN CONTRA DE LA ADOPCIÓN IGUALITARIA:
Una vez aclarado el capítulo anterior, entramos a analizar por qué no es una buena idea el de generalizar la adopción; es decir, que personas que no constituyan un matrimonio concertado por un varón y una mujer[6] no puedan ser partícipes de la adopción, para ello cito los aspectos sociológicos y psicológicos que están a favor y avalan la posición tomada.
3.1             ASPECTO SOCIOLÓGICO:
Siendo la sociología una ciencia social que trata de la estructura y funcionamiento de las sociedades humanas[7] factor fundamental donde da vida al concepto de una familia tradicional que ha venido desde tiempos remotos.
El sociólogo chileno Marcelo Robaldo, especialista en cuestiones de género, hace mención de que[8], en la opinión pública estadounidense, el matrimonio debe continuar siendo una institución y un vínculo heterosexual; por tanto, las relaciones gays no pueden considerarse relaciones de parentesco per sé.[9]
Teniendo este panorama necesitamos que el matrimonio se mantenga como la principal fuente de todas nuestras entidades que están en el entorno de la familia, quien es la que asume el núcleo de nuestra sociedad.
El concepto de familia no es estático, ya que deriva de una realidad social y no jurídica, puesto que el nacimiento de los vínculos afectivos es congénito a la formación de la sociedad misma.[10]
En la actualidad, conforme va pasando los días se van conociendo e investigando nuevas formas de vida, por lo que tenemos que estar preparados para estos cambios; pero no podemos negar que venimos arrastrando con nosotros costumbres tradicionales que van de la mano con nuestra evolución, es decir, mientras que una parte de nosotros crece la otra sigue paralizada y cegada al no querer, muchas veces, dar la oportunidad de dejar experimentar nuevos procesos, con el temor de que tal vez un cambio de esta naturaleza pueda destruir una de las figuras más importantes, que es el símbolo clave del crecimiento de la humanidad.
3.2              ASPECTO RELIGIOSO:
Incluyo este aspecto, porque en la sociedad otro factor que predomina mucho es la religión, y una de las religiones que tiene un carácter vinculante muy fuerte es la católica que ha sido una a la que ha acompañado desde los inicios de la historia del hombre.
Siendo así, que la misma nos enseña a todos los que somos católicos, en que parte de los reglamentos y/o mandatos que nos dejó nuestro señor, son los sacramentos. El ser bautizado, confirmado, el seguir con un matrimonio (que ya habíamos señalado es la unión de un hombre y una mujer), y por último formar una familia a la que es bendecida, vista como perfecta y que tiene el apoyo total de la iglesia católica.
Compartiendo estas ideas desde pequeños, en el que solo es bien visto la unión de un hombre y una mujer, las creaciones de igualdad y semejanza del creador, las únicas que tienen su bendición; genera que las demás visiones acerca de constituir una nueva familia se vean raras, diferentes, extrañas; vamos a que la religión, aunque no queramos admitirlo, es una de las fuentes tradicionales más poderosa que tiene el ser humano y por el que se deja guiar para no salir de esa perfección y el buen camino que considera que es bueno.
3.3              ASPECTO PSICOLÓGICO:
Si bien es cierto que el ser humano ha desarrollado más cultura y conocimiento, como indico en puntos anteriores, el individuo por una parte va desarrollándose muy bien pero en todo avance siempre trae consigo un aspecto negativo, un aspecto en donde la parte débil puede que salga perjudicada. Ya que la persona llega indefenso en su primera etapa y va tener que asimilar las tradiciones culturales en donde se forme; y está claro que hoy en el Perú esa tradición es ver a mamá y papá juntos siendo la única fuente de reproducción.
Es cierto, que ya no se necesita la unión carnal de ambos para generar vida, pero señores esas situaciones son excepcionales, podemos hacer estadísticas en las que arrojarán que de un 100% solo un 15% es que la humanidad prefiere traer al mundo por inseminación, mujeres que utilizan sus úteros como alquiler, y por otras causas a un niño, pero tratar de generalizar es algo que no concebimos, algo a la que no nos aferramos a estar de acuerdo. Está bien, el ser humano tiene la facultad para cambiar psicológicamente y crear nuevas visiones, sin embargo tentar con la parte emocional de una criatura que puede que más adelante ella busque sus propios ideales, porque cuenta con esa capacidad de hacerla. Entonces porque no dejarla crecer y formarse en un ámbito que ha sido nuestro primer manantial, nuestra primera raíz, como vamos a explicarles después su origen, tendríamos que cambiar nuestras clases de biología por algo más tecnológico, destruiríamos esa definición de amor, porque no es solo el sentimiento que se pueda tener por otra persona, es aquella emoción de ser parte de una creación de una nueva familia, TÚ familia, porque querer cambiar la sensación más bonita que puede tener un humano, por solo llegar a la igualdad; hay ciertas circunstancias que consideramos que no pierden su efecto por más que la civilización crezca o se desarrolle. Y tenemos no solo nuestra versión, sino que muchas parejas homosexuales, siendo ellas las aludidas comparten nuestras ideales, entonces porque no son ellas las que se sienten rechazadas; si muchas de estas parejas consideran que no lo pueden tener todo, citando un ejemplo claro a la pareja homosexual Dolce y Gabana, unos italianos que son unos de los primeros en decir NO a la ADOPCION IGUALITARIA, ellos optaron por ese camino, se sienten bien y nadie los recrimina por eso, pero no pueden buscar algo inalcanzable, algo perjudicial solo porque quieren ser tratados iguales.

4.      FUNDAMENTO DE LA ADOPCIÓN IGUALITARIA EN LA NORMA CONSTITUCIONAL E INSTITUCIONAL:

4.1              LA ADOPCIÓN EN EL PERÚ:
Los requisitos para la adopción están señalados en la Ley N° 27337, artículo 117 y en el artículo 378 del Código Civil.
Dichos requisitos son los siguientes:
1.       Declaración judicial del estado de abandono del menor que será sujeto a la adopción.
2.       Que el adoptante goce de solvencia moral.
3.       Que la edad del adoptante sea por lo menos igual a la suma de la mayoridad y la del hijo por adoptar (18 años más la edad del adoptado).
4.       Que cuando el adoptante sea casado concurra el asentimiento de su cónyuge. Lo que no la convierte en adoptante.
5.       Que el adoptado preste su asentimiento si es mayor de diez años.
6.       Que asientan los padres del adoptado si estuviere bajo su patria potestad o bajo su curatela.
7.       Que se oiga al tutor o el curador del adoptado y al Consejo de Familia si el adoptado es incapaz.
8.       Que sea aprobado por el juez, cuando el adoptado sea mayor de esas, o en los casos de excepción contemplados en el artículo 128 de la Ley 27337. Cuando el menor sea declarado en abandono, la adopción sea aprobada por la autoridad administrativa: Oficina de Adopciones de la Gerencia de Promoción de la Niñez y la Adolescencia del PROMUDEH.
9.       Que si el adoptante es extranjero y el adoptado menor de edad, aquel ratifique personalmente ante el Juez su voluntad de adoptar. Se exceptúa de este requisito, si el menor se encuentra en el extranjero por motivo de salud.
10.   Para los casos excepcionales contemplados en el artículo 128° del Código de Niños y Adolecente se requiere en:
a)      El Adoptante posea vínculo matrimonial con el padre o madre del menor por adoptar.
b)      El adoptante debe poseer vínculo de parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el menor por adoptar.
c)       Haber prohijado o convivido con el niño o el adolescente por adoptar, durante un período no menor de dos años.
11.   En el caso de que la persona a quien se pretende adoptar sea propietaria de bienes, entonces:
a)      Dichos bienes deben ser previamente inventariados y tasados judicialmente, constituyendo el adoptante garantía suficiente al juicio del juez.
b)      El tutor o curador sólo podrá adoptar a su pupilo después de aprobadas las cuentas de su administración y satisfecho el balance que resulte de ellas.
El requisito de la solvencia moral, se refiere a que la persona mantenga una conducta justa y buena, a fin de que pueda desempeñar en su rol de padre o madre con idoneidad, ya que él deberá de proteger y cuidar al menor, inculcarle valores morales, educarlo en las buenas costumbres.[11]
4.2             ÁMBITO INTERNACIONAL:
En el Código Civil Colombiano se estipula que el adoptante debe encontrarse en condiciones  físicas, mentales y sociales para suministrarle un hogar adecuado.
Incluyo al maestro Javier Peralta cuando nos dice, que el código costarricense se requiere que el adoptante se halle en el pleno goce de sus derechos civiles, sea de buena conducta y reputación, y demuestre capacidad para proveer alimentos al adoptado. El Código Uruguayo exige información y autorización del Consejo del Niño, con respecto a la idoneidad moral y la capacidad del adoptante haya tenido al adoptado durante dos años bajo su protección y cuidado.[12]
En Brasil, el estatuto del niño y del adolescente establece como un parámetro fundamental para la admisión de la adopción que existan ventajas reales para el niño con el proceso de adopción. La legislación también establece algunos requisitos, tales como el consentimiento de los padres o representantes legales y del niño si es mayor de doce años.[13]
Demostrado que el niño es el que trasciende y al que los Estados buscan proteger, y por el cual se mantiene en una lucha constante para alcanzar ese fin.

5.                  CONCLUSIONES:
Finalizando, afirmo que nuestra sociedad no está preparada para este cambio de nueva visión a la adopción igualitaria, porque aún no hemos tomado las prevenciones necesarias para las diversas problemáticas que conducen a la aceptación de un cambio que puede ser bueno o no.
Teniendo un porcentaje elevado de nuestra población conservadora contando aún con un concepto tradicional, al cual lo ven como el único camino que se debe de tomar, al que inculcan en diferentes comunidades y pueblos, teniendo los accesos a la globalización o no; el Perú es uno de los países en el que se está demorando en cambiar su visión y dar oportunidad a los nuevos cambios que provienen con nuestras nuevas generaciones. Es uno de los países el cual cree vivir aún en una burbuja y a la que tomará su tiempo para poder cambiar.
Asimismo, porque exponer a nuestros niños a que tengan que sufrir con los atropellos de una sociedad cegada y fría que muchas veces no le importa contra quien van sus ataques.
Sabemos que tarde o temprano esto debe de cambiar pero no podemos darnos el lujo que este cambio lento perjudique a nuestros niños, de ninguna forma los podemos poner en un segundo plano para satisfacer primero el de los adultos, el de usarlos como un experimento ya que ellos serán los primeros en sentir el rechazo social en donde habitan. 

6.                  RECOMENDACIONES:
Estimo que lo correcto sería que el primer agente en dar un paso a la no discriminación sea el Estado, siendo este la cabeza de una sociedad, ellos que asuman su rol de “padres adoptivos” con todos los ciudadanos y que quiten el tabú de ver con otra cara a las personas que optaron por no ser parte del sexo masculino ni femenino, que sea el primer ente en dejar de poner estatus y tratar a todos por igual, al no ver más atropellos con ningún derecho.
Empezar a evolucionar a la par junto con otros países más desarrollados, aprender a adaptarnos a los cambios, pero que sean los mayores los que den el primer paso, cambiarles ese chip que en un inicio mencionamos, mirando un poco el pasado para tomarlo como un impulso para el nuevo mañana.
No estoy en contra de los cambios, porque creo que son buenos y necesarios, sino voy en contra de una alteración perjudicial para esas personitas indefensas, a la que una vez nosotros fuimos y que tuvimos personas que velaron por nosotros, ahora es nuestro momento de hacer lo mismo, y seguir proponiendo avances pero siempre dando la cara los “señores de casa”, los “más fuertes” para ir construyendo un camino sólido al cual nuestra futuras generaciones se sientan orgullosas y puedan coexistir bien y seguir contribuyendo con los cambios, sin remordimiento alguno.

7.                  BIBLIOGRAFÍA:
  • AGUDELO CARDONA, ALEJANDRA.
    2013 FAMILIA HOMOPARENTAL, UN TEMA A DEBATIR.
  • CÓDIGO DEL NIÑO Y ADOLESCENTE.
  • FERRI, JOSÉ.
    LA ADOPCIÓN. AFILIACIÓN.
  • NIKKEN, PEDRO.
    2004 EL CONCEPTO DE DERECHOS HUMANOS EN ESTUDIOS BÁSICOS DE DERECHOS HUMANOS.
  • http://sexualidadythu.blogspot.pe/2011/04/clasificacion-de-la-orientacion-sexual.html
  • CÓDIGO CIVIL PERUANO
  • REAL ACADEMIA ESPAÑOLA
  • NAVARRO REYES, LUIS RODRIGO.
    2013 Posiciones en contra y en favor de la adopción homoparental desde la sociología y psicología.
  • ROBALDO, MACEDO:
    2013 La Homoparentalidad en la deconstrucción y reconstrucción de familia. Aportes para la discusión.
  • SILVA MEZA, JUAN N. Y VALLS HERNÁNDEZ, SERGIO A.
    2011 Transexualidad y matrimonio y adopción por parejas del mismo sexo.
  • MEJÍA SALAS, PEDRO.
    2002 La adopción en el Perú: doctrina, legislación, anexos.
  • PERALTA ANDIA, JAVIER ROLANDO.
    1996 Derecho de Familia en el Código Civil.
  • DE OLIVEIRA NUSDEO, ANA MARÍA Y DE SALLES, CARLOS ALBERTO.
    2008 Adopción por Homosexuales: El Discurso Jurídico.




[1] Agudelo Cardona, Alejandra, <<Familia homoparental un tema a debatir>> op. cit., p. 2.
[2] Código del Niño y del Adolescente, Título II ADOPCIÓN, Capítulo I, Disposiciones Generales, Artículo N° 115.
[3] Ferri, José: <<La adopción. Afiliación >>, Buenos Aires, 1945, pág. 7.
[4] Nikken, Pedro: << El concepto de Derechos Humanos en Estudios Básicos de Derechos Humanos I >>, San José: IIDH 2004, pág. 15
[5] http://sexualidadythu.blogspot.pe/2011/04/clasificacion-de-la-orientacion-sexual.html
[6] Código Civil, Libro III Derecho de Familia. Artículo N° 234.
[7] Real Academia Española.
[8] Navarro Reyes, Luis Rodrigo: << Posiciones en contra y en favor de la adopción homoparental desde la sociología y psicología>>, México 2013, pág. 6.
[9] Robaldo, Macedo: << La Homoparentalidad en la deconstrucción y reconstrucción de familia. Aportes para la discusión>>, Chile, 2013, pág. 5.
[10] Silva Meza, Juan N. y Valls Hernández, Sergio A.: <<Transexualidad y matrimonio y adopción por parejas del mismo sexo>>, México, 2011, pág. 173.
[11] Mejía Salas, Pedro: << La adopción en el Perú: doctrina, legislación, anexos>>,Perú, 2002, pág. 24
[12] Peralta Andia, Javier Rolando: << Derecho de Familia en el Código Civil>>. Perú, 1996, pág. 308.
[13] De Oliveira Nusdeo, Ana María y De Salles, Carlos Alberto: <<Adopción por Homosexuales: El Discurso Jurídico>>.Brasil, 2008, pág. 7.

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