viernes, 15 de julio de 2016

SUGERENCIAS 360º ANTE FINANZAS EUROPEAS!

R&D USMP Report N° 33
Editado por la Oficina de Innovación y Desarrollo
 de la Facultad de Derecho
Universidad de San Martín de Porres



SUGERENCIAS 360º ANTE FINANZAS EUROPEAS!

Por: Michael Zavaleta Álvarez
Director de Oficina Innovación y Desarrollo (I+D+i)
Presidente del Centro de Estudios Tributarios y de Política Fiscal
Profesor de Derecho Tributario de Pre y Posgrado de la
Facultad de Derecho de la Universidad de San Martín de Porres

Hoy la revista US Economist advierte de los riesgos sobre el Banco alemán más grande de Europa y la probable reestructuración que podría implicar despidos de miles de empleados, eliminación de oficinas, entre otras medidas para reducir el nivel de gastos proyectados y para relanzarse por más ingresos, lo cual suscita temores en los mercados.

Desde mi punto de vista lo anterior no debe preocupar sino, todo lo contrario, se debería ver positivamente, toda vez que es una forma como los agentes de mercado absorben sus pérdidas privadamente y no las estatizan.

Recordemos que en otros casos durante 2008-2011 algunos Gobiernos europeos y de USA inclusive han estatizado las pérdidas bancarias, aun cuando las ganancias se quedaban privatizadas y los altos directivos cesaban con sus "golden parachute" y sus "stock-options" coberturadas; con lo cual no se puede estar de acuerdo, por cuanto los contribuyentes privados no accionistas -sin importar el país- terminamos asimilando las pérdidas privadas, vale decir, las finanzas públicas fondeadas con tributos no pueden servir para cubrir pérdidas de híbridos financieros creados por agentes privados a través de sus "hybrids" tóxicos.

Lo correcto es que los privados cubran sus pérdidas capitalizando para cubrir pérdidas o soliciten préstamos y si no los consiguen corresponde: quebrar, disolverse y liquidar; siendo que si ha habido dolo o negligencia o culpa grave además imputar responsabilidad solidaria a los directivos y accionistas que tomaron las malas decisiones financieras, con relación a todos los acreedores (laborales, proveedores, tributarios, fondos de pensiones, etc)

No obstante lo anterior, siempre habrá quienes argumenten en favor de estatizar las pérdidas financieras cuando se habla de un riesgo sistemico si un Estado no salva a su Banca nacional, lo cual tiene contra-tesis inacabables. En todo caso, es un tema que genera mucho debate, empero, constitucional y jurídicamente los Gobiernos que siguen el "Welfare State Model" si pueden, en concreto, salvar a sus Bancos en crisis. Y esta es una realidad fáctica al margen si se considera justa o no para quienes pagan la factura final: los contribuyentes totales!

Al respecto, la pregunta de rigor que nos motiva es la siguiente, qué acontecería con el Euro, el Dólar y el Sol peruano si se recesa el gigante alemán.

Si se tiene en cuenta que la banca italiana y francesa están sobre-saturados con sus requerimientos de provisiones de Bonos en su portafolio de activos y pasivos, el panorama se torna más difícil. Si sumamos el hecho que las Finanzas y Banca Europea ha sido golpeada más todavía por el BREXIT, entonces, el panorama de Euro frente a otras monedas se vuelve gris.

Sugerencia para mis amigos lectores, sea a nivel corporativo, transnacional, mediana empresa o sea a nivel de personas naturales (invidual finance): tomar posición (corta o larga) con su moneda económicamente funcional, con el fin de coberturarse (hedge) salvo que desee especular (non hedge).

Para lo anterior, es recomendable evaluar su balance y su posición neta del riesgo en activos o pasivos. Por ejemplo, un fabricante textil puede que exporte 50% de su tela textil  a Europa (30%) y USA (20%) y el otro 50% venda en Perú, siendo que (i) todos sus insumos si se compran en dólares por ser importados tendría un impacto si el dólar sube frente a la caída del Euro, (ii) por el contrario, si sus insumos son en soles, el efecto en P&L podría ser totalmente diferente.

Por todo ello, recomiendo efectuar un análisis económico, financiero y contable de su efecto neto en las monedas (currency) que impactan su negocio y/o su día a día como persona natural, inclusive.

Finalmente, en ambos escenarios (hedge o non hedge) es imprescindible que evalúe adicionalmente los efectos legales y tributarios apropiadamente también y en base a la jurisdicción implicada (ya que cada país y producto financiero tiene un régimen no homologado), caso contrario, su Órgano Administrador del Tributo podría cuestionarle las pérdidas, de darse el caso, además de sus accionistas o acreedores. Recordemos si no el famoso caso de una fábrica industrial latinoamericana cuyas posiciones de currency derivatives vs. currency spot generó millones de pérdidas y que motivara requerimientos de capitalización para cubrir pérdidas, además, de la reestructuración de su treasury department.``

*Fuente: http://www.economist.com/news/leaders/21702195-germanys-banking-champion-has-neither-proper-business-model-nor-mission-floundering-titan

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